En asamblea se eligió la Comisión Ciudadana de Transparencia para el periodo 2019 – 2022, cabe mencionar que esta selección de personas trabajaran de la mano con el Comisionado de Transparencia el profesor Amílcar Montes; y que para poder ser miembro de la Comisión Ciudadana de Transparencia se requere estar en el pleno goce de los derechos ciudadanos y ser de reconocida solvencia moral. Se contó con la participación de 17 personas postulantes, donde 7 de ellas fueron elegidas mediante el ejercicio de selección por medio de votos.

Quedando seleccionadas las siguientes personas:

  • Abogada Suyapa García.
  • Ingeniero Fredy Erazo.
  • Licenciada Jackelin Ordoñez.
  • Doctor Cesar Sabio.
  • Señora Gloria Izaguirre.
  • Señor José Luis Bonilla.
  • Abogada Nora Velásquez.

Para saber

De acuerdo a la Ley de Municipalidades según el Decreto Número 134-90 del  Capítulo X; en el artículo 59-B dice:

  • ARTÍCULO 59 -B (Adicionado por Decreto 143- 2009) En cada municipio se crearán las Comisiones Ciudadanas de Transparencia (CCT), teniendo como objetivo principal realizar auditorías sociales en el término municipal, entendiéndose esta como el proceso de participación ciudadana, tanto de hombres como de mujeres, orientado a vigilar los procesos de la gestión pública que aseguren la transparente ejecución de programas y proyectos, así como la prestación de servicios públicos de manera eficaz y eficiente.

Algunas de las atribuciones de la Comisión Ciudadana de Transparencia, las siguientes:

1) Vigilar la participación de la ciudadanía en la socialización del presupuesto municipal.

2) Velar porque el nombramiento y destitución de servidores públicos municipales sea de acuerdo a los manuales y las leyes del Estado.

3) Verificar que los cabildos abiertos y otros procedimientos de participación ciudadana respondan a los intereses de la ciudadanía, cumplan con los requisitos estipulados por la Ley, y dar seguimiento a los acuerdos.

4) Garantizar la transparencia de los escrutinios en las elecciones de patronatos, plebiscitos o cabildos abiertos.

5) Verificar que las respuestas ante peticiones ciudadanas de intervención de la Corporación Municipal sean respondidas imparcialmente.