Realizamos inspecciones en  negocios de diferentes rubros de prestación de servicios como: Restaurantes, Cafeterías, Consultorios Odontológicos y Médicos, Compañías de Cable e Internet, Clínicas, Hoteles, Laboratorios  Clínicos y Farmacias, para corroborar si están cumpliendo con los artículos 30 y 31  de la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor.

El objetivo es velar y garantizar al adulto mayor y jubilados el acceso al disfrute de los descuentos y tarifas especiales establecidas por la ley, estas visitas son coordinadas por el Programa de Adulto Mayor con el apoyo del Departamento de Justicia Municipal.

Los artículos 30 y 31 de la Ley Integral de Protección del Adulto Mayor se refieren los descuentos y tarifas especiales por prestación de servicios, otro artículo que se refiere al tema es el artículo 33 de Incentivo Fiscal, que especifican la manera en que, como prestadores de servicios deben declarar en sus ingresos para el pago de impuestos sobre renta y que serán deducidos los descuentos otorgados.